lunes, enero 17, 2011

ESCLAVOS DEL SIGLO XXI, POR MIGUEL SINTAS ///




 La situación de “cuasi esclavitud” que viven numerosos trabajadores rurales, en pleno siglo XXI, a manos de inescrupulosos productores devenidos en modernos señores feudales retrotrae inevitablemente a épocas que se suponían superadas, a momentos de la historia donde “el patrón” era el dueño y el peón no tenía derechos.

 No había legislación que lo protegiese contra los caprichos de los dueños de los campos generalmente heredados de antecesores que participaron del genocidio conocido como “campaña o conquista del desierto”, donde se arrebataron tierras, se mató a sus legítimos dueños y los amos marcaron el territorio.

 Pasaron los años y los derechos de los trabajadores fueron realidad, las conquistas sociales les permitieron ubicarse en el mundo, dejaron de ser semovientes de propiedad de los nobles y patricios para tener, sobre todo, dignidad.

Se mostraban ante el mundo moderno como personas que tenían normas que los protegían, con garantías que les devolvían, nada más ni nada menos, que la condición humana que les habían arrebatado.

Sin embargo en el tercer milenio algunas crónicas periodísticas muestran que sigue habiendo trabajadores sometidos a la misma “cuasi esclavitud” , mal alimentados, vestidos con andrajos, durmiendo en camastros cuyas imágenes recuerdan los horrores de los campos de concentración del nazismo.

 Mientras esas informaciones nos muestran fotos que ni trucadas podrían tener mayor dramatismo, otros medios transcriben declaraciones de productores agrarios que justifican esos atropellos y aluden a la situación de los esclavos del siglo XXI como “trabajo temporario”.

 Perverso eufemismo para no llamar a las cosas por su nombre.

Sólo falta que algún patrón rememore con nostalgia el “derecho de pernada” y hasta pretenda desvirgar a la mujer del esclavo (peón), aunque mejor sería no darles la idea.

 Los señores feudales medioevales alimentaban bien a sus esclavos aunque más no fuera para que no se muriesen de hambre, los modernos les descuentan la ración de comida de sus miserables pagas ante la mirada al menos distraída -cuando no cómplice- que quienes dicen representarlos.

La “trata de personas” es un delito severamente castigado con la moderna legislación, también la reducción a servidumbre donde la voluntad del sujeto está seriamente disminuida cuando no anulada directamente.

Será interesante ver si los magistrados que analizan esos casos deciden ir “hasta el hueso” o se quedan en investigaciones “cosméticas”.

Sin duda los “reclutadores” de esa mano de obra esclava son un eslabón importantísimo en esta cruel cadena de degradación. Pero no son los únicos.

 Está claro que, dirán los abogados, son “partícipes necesarios” pues sin su intervención los delitos no podrían cometerse pero alguien los manda.

Alguien requiere sus servicios y contra ellos también debe dirigirse la larga mano de la justicia que, como todos sabemos, lleva sobre sus ojos una venda que a veces le impide ver lo evidente.

“En la Nación Argentina no hay esclavos; los pocos que hoy existen quedan libres desde la jura de esta Constitución ... toda compra venta de personas es un crimen de que serán responsables los que lo celebrasen” dice el artículo 15 de la Carta Magna que añade líneas debajo que no se admiten “fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley”.

Vale la pena recordarlo.

> Miguel Sintas
> periodista//////

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